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Justicia falla a favor de ITAIPU en juicio promovido por exaprendiz
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30/05/2018

De acuerdo a datos proporcionados por la Dirección Jurídica de la ITAIPU Binacional, en el juicio, promovido por el ex pasante y aprendiz Jorge Patricio Benítez Martínez, contra la ITAIPU Binacional, sobre cobro de guaraníes, en diversos conceptos laborales, la Entidad obtuvo resultado favorable ante la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Ciudad del Este (CDE).

La referida Cámara de Apelaciones ha revocado, con costas, el numeral 2 del A.I.  N° 743 del 16/10/2017. Consecuentemente, los gastos en ambas instancias (según exordio) corresponden a la parte que perdió la acción judicial.

De acuerdo al escrito presentado por el demandante en las instancias judiciales, el mismo peticionó diferencia salarial, aguinaldo causado y proporcional, vacaciones causadas y proporcionales, participación en lucro, acuerdo por Contrato Colectivo de Condiciones de Trabajo, indemnización por despido injustificado, preaviso, indemnizaciones complementaria y compensatoria. El reclamo abarca 60 meses o 5 años, según colige de la liquidación, reclamando, por lo expuesto, G. 2.445.559.551 a la Entidad Binacional, alegando como fecha de servicio laboral como aprendiz, desde el 25 de marzo de 2013, hasta el 21 de setiembre de 2016.

Sin embargo, en su descargo, la ITAIPU disiente con la fecha de desvinculación declarada por el demandante y aclara que se produjo el 4 de agosto de 2016, presentando, a la vez, los contratos respectivos y las resoluciones del Ministerio del Trabajo obrantes en autos.

La parte demandada (ITAIPU) manifiesta que no hubo despido, ni responsabilidad para con el demandante, pues ha fenecido  el tiempo máximo por lo que le rige el contrato de trabajo, en relación a la norma estipulada para el plazo de acción. Afirma que no le corresponde el monto reclamado, ya que siendo el mismo aprendiz, rige para él las reglas del Código Laboral; por lo tanto, sus derechos prescriben al año de haber ellas nacido. Alega que nada le corresponde en concepto de salarios caídos, participación en lucro reclamado, el aguinaldo 2011, aguinaldo 2012, compensatorio de vacaciones y vacaciones (2011).        

Por otra parte, el área jurídica de la Entidad informó, a través del abogado Julio César Sanabria, que en este proceso de carácter legal, a la fecha, se cuenta con un ahorro USD 438.493.