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Estado paraguayo recibió USD 371,3 millones de ITAIPU hasta octubre, por Anexo C
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05/11/2021

Cumpliendo en tiempo y forma con las obligaciones establecidas en el Anexo C del Tratado, ITAIPU Binacional transfirió USD 371,3 millones al Estado paraguayo, hasta octubre de 2021. Los desembolsos corresponden a los conceptos de royalties, cesión de energía y pagos a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

Hasta el décimo mes del año, la Entidad remesó USD 167 millones por royalties y USD 166,4 millones por cesión de energía al Tesoro Nacional. Asimismo, la ANDE recibió USD 37,9 millones por el resarcimiento de las cargas de administración y utilidades; de acuerdo con el reporte de la Dirección Financiera, Margen Derecha, de ITAIPU.

En lo que corresponde solo a las transferencias efectuadas en octubre, los royalties totalizaron poco más de USD 15 millones, mientras que los pagos por cesión de energía representaron USD 14 millones. La ANDE ingresó USD 1,2 millones por el resarcimiento de las cargas de administración.

A pesar de la complicada coyuntura actual acaecida por la crisis hidrológica y la pandemia del COVID-19, la Central Hidroeléctrica ITAIPU mantiene un óptimo desempeño. La alta eficiencia en las operaciones le permite a la empresa cubrir la demanda energética de los dos países y a la par cumplir a cabalidad sus obligaciones financieras.

Los royalties constituyen un resarcimiento financiero que reciben los Estados de Paraguay y Brasil por la utilización del potencial hidráulico del río Paraná para la producción de energía eléctrica en la represa de ITAIPU. La cesión de energía es la compensación abonada por el Estado brasileño para acceder a la parcela de la producción que Paraguay no utiliza. Estos dos conceptos son transferidos al Ministerio de Hacienda, institución que se encarga de distribuir los recursos, según establecen las legislaciones nacionales.

Por su parte, la ANDE recibe mensualmente los pagos en concepto de resarcimiento de las cargas y, periódicamente, también percibe ingresos por las utilidades de capital para hacer frente a sus necesidades presupuestarias, tal como dispone el Anexo C del Tratado de la Entidad.