Acceso a la información

Por tratarse de una empresa jurídicamente internacional, regida por el Tratado de Itaipu y sus adjuntos, la entidad no está sometida a la Ley de Acceso a la Información (Ley 12.537/11), conocida como LAI, sancionada por la República Federativa de Brasil y que objetiva garantizar el derecho constitucional de libre acceso de los ciudadanos a cualquier información pública de responsabilidad de la Unión, Estados, Distrito Federal y Municipios.

Aún así, en la vanguardia de las empresas que aprecian por la transparencia en la administración y cumpliendo el acuerdo asumido por Brasil y Paraguay ante la comunidad internacional en tratados y convenciones diversos, Itaipu se dispone a adoptar, en lo que cupiese y sin perjuicio al establecido en su Tratado, las medidas que objetiven a la maximización del acceso a la información, buscando acompañar las Leyes de Acceso a la Información vigentes en Brasil y en Paraguay y guardando convergencia con las prácticas adoptadas por las empresas públicas federales, en especial las del sector eléctrico.

Para eso, creó en 2013 un grupo de trabajo binacional permanente para analizar las eventuales implicaciones, en las operaciones de Itaipu en Brasil y en Paraguay, de los marcos legales de ambos países relativos al acceso a la información pública. La Política Binacional de Acceso a la Información de Itaipu está en fase de elaboración por el grupo.

Una de las medidas ya adoptadas por Itaipu fue la reorganización del sitio de la empresa, colocando a la disposición del público informaciones diversas agrupadas en el icono “Acceso a la Información”. Datos no disponibles pueden ser pedidos por los canales Hable Con Nosotros [+] itaipu@itaipu.gov.br y Oidoría (por medio del sitio, e-mail, teléfono o personalmente). Pedidos de acceso a informaciones que no están disponibles en el sitio de la empresa o que de alguna manera pueden colocar en riesgo la imagen de la empresa son, necesariamente, evaluados por la Oidoría.

Servicios* registrados en el Hable Con Nosotros:
2015
3.390
2014
4.128
2013
4.596

* Dudas, elogios, solicitaciones de apoyo/patrocínios, cuestionamientos técnicos y auxilio para trabajos escolares y académicos, que fueron contestados por el área gestora del canal, con apoyo de áreas específicas de la empresa.

Oidoría
[G4-DMA; G4-49; G4-50; G4-57; G4-58]

Jerárquicamente subordinada al Consejo de Administración, la Oidoría General Brasileña fue creada en 2009 para atender el público externo y después de tres años pasó a recibir también las demandas del público interno. Las formas de contacto incluyen formulario en el sitio y Intranet, teléfono + 55 45 3520 6800), carta, e-mail [+] ouvidoria@itaipu.gov.br o servicio personal programado.

El número de manifestaciones recibidas en 2015 aumentó 19,5% con relación al año anterior. Una de las razones es que la Oidoría pasó a centralizar el servicio a diversos pedidos de información de interés público o particular, que tengan como objetivo mejorar la transparencia en la administración y de alguna manera mencionen las Leyes de Acceso a la Información vigentes en los dos países, o que traten de cuestiones sensibles que puedan ocasionar riesgo a la imagen de Itaipu.

Ese nuevo procedimiento fue adoptado en virtud de recomendaciones presentadas en diciembre de 2014 por el Grupo de Trabajo constituido para acompañar y estudiar la evolución del tema "Acceso a la Información" en los dos países. Una propuesta de revisión de la Norma de la Oidoría será presentada en 2016 para la Dirección Ejecutiva y el Consejo de Administración. Lo objetivo es actualizar y regularizar los nuevos procedimientos, así como aliñar los conceptos de tipología, clasificación de las manifestaciones, tiempo de respuesta y tratamiento para las denuncias con los utilizados por las demás Oidorías de Brasil y Paraguay.

La revisión también deberá resultar en la necesidad de alteraciones del Sistema Informatizado de Oidoría (Sistema SOU), utilizado de manera binacional en Itaipu, para permitir la administración de toda la demanda, visualizar el flujo de servicio, acompañar indicadores y generar informes de manera más eficiente.

Aún en 2016 se pretende realizar el primer Seminario de Valorización de la Cultura Ética, Diversidad y Ciudadanía, en una iniciativa conjunta entre la Oidoría, el Comité de Ética, la Auditoría Interna y la Planificación Empresarial. La idea es que el evento sea anual y con participación obligatoria de todos los empleados. La programación abordará las virtudes y los valores humanos esenciales, y debe contemplar temas como compliance, e, género, postura profesional, diversidad e inclusión, además de discutir los amplios conceptos de la ética y su aplicación en la vida de las personas y en las empresas..

La Oidoría-General Brasileña informa mensualmente a la Oidoría de la Eletrobras se hubo casos envolviendo defraudación y corrupción. En 2015 no fueron registradas denuncias de defraudación, corrupción o irregularidades en licitaciones o procesos de adquisición de productos o servicios. [G4-SO5]

En 2015:
  • De las 16 manifestaciones del público interno, dos casos fueron encaminados al Comité de Ética y un para análisis de investigación administrativa interna. En tres situaciones fue necesario realizar mediación conciliadora de conflictos. Las “denuncias” consideradas procedentes en la apuración se trataban básicamente de postura inadecuada de empleados. Para la solución de los problemas, fueron adoptadas las recomendaciones de aplicación de medidas administrativas internas hechas por la Oidoría. Con relación a los casos relatados en 2014 y que no fueron resueltos en el período cubierto por el informe, de ellos fue resuelto en 2015 y otro continuó pendiente.
  • Fue registrada una queja/reclamación anónima informando que una empresa subcontratada para prestación de servicios no había cumplido sus obligaciones laborales junto a sus empleados. El área gestora del contrato tomó las debidas providencias, alertó el proveedor y el caso fue solucionado. [G4-LA16]
  • Fueron registrados dos casos de quejas y reclamaciones relacionadas a prácticas laborales, que fueron solucionados. [G4-LA16]
  • No fueron identificadas quejas y reclamaciones relacionadas a la discriminación, a impacto en la sociedad o casos de violación de derechos de pueblos indígenas por la empresa. [G4-SO11; G4-HR3; G4-HR8]
  • Dos casos relacionados a impactos en derechos humanos fueron registrados. Un fue solucionado aún en 2015 y otro sigue en análisis por el Comité de Ética. [G4-HR12]